Canal de denuncias para la Ley de Delitos Económicos (Ley 21.595 y Ley 20.393)
Adoptar un Modelo de Prevención de Delitos es voluntario; si la empresa lo adopta, el artículo 4 de la Ley 20.393 exige canales seguros de denuncia. Janus recibe las denuncias sobre los principales delitos del catálogo, las asigna al encargado de prevención de delitos y conserva la evidencia de su gestión.
El canal de denuncias es parte del MPD, no un accesorio
Desde el 1 de septiembre de 2024, la persona jurídica responde penalmente por los delitos cometidos en el marco de su actividad cuando la falta de implementación efectiva de un modelo adecuado de prevención favorece o facilita su comisión (artículo 3 de la Ley 20.393, modificada por la Ley 21.595). Adoptar un Modelo de Prevención de Delitos es voluntario; si la empresa lo adopta, el artículo 4 de la Ley 20.393 exige canales seguros de denuncia. Janus aporta esa pieza: recibe denuncias sobre los principales delitos del catálogo, las asigna al encargado de prevención y conserva la evidencia. El resto del modelo (identificación de riesgos, protocolos, sanciones internas y evaluaciones periódicas por terceros independientes) se aborda con su asesoría legal.
¿Necesita el contexto legal completo?Guía: Responsabilidad Penal de la Persona Jurídica en Chile (Ley 20.393 y 21.595)
Principales delitos del catálogo (Ley 20.393 y Ley 21.595)
Corrupción y soborno
Reportes de coimas, sobornos y actos de corrupción
Delitos económicos
Fraude, malversación y delitos financieros
Delitos tributarios
Delitos tributarios y aduaneros
Delitos ambientales
Delitos contra el medio ambiente del catálogo
Delitos laborales
Apropiación indebida de cotizaciones previsionales y otros delitos laborales del catálogo
Delitos informáticos
Fraudes y delitos cibernéticos
Ventajas del canal
Configuración por norma
Categorías preconfiguradas para los principales delitos del catálogo de la Ley 20.393 y la Ley 21.595
Denuncias seguras
Canal diseñado para el anonimato, para denuncias de alta sensibilidad
Flujos de investigación
Procesos especializados para investigar presuntos delitos
Decisión de denunciar ante autoridades
Registro de la decisión de denunciar ante el Ministerio Público u otros organismos, cuando corresponda
Características del canal
Confidencialidad
Acceso por roles a los casos de delitos sensibles
Asignación por tipo de delito
Asignación de cada caso según reglas por categoría y gravedad
Gestión de evidencia
Adjuntos asociados al expediente con autor y fecha, y expediente PDF con sello de integridad
Asesoría legal opcional
Puede contratar asesoría de Anguita Osorio Abogados cuando la necesite; es un servicio separado de la plataforma
Reportes especializados
Métricas y reportes específicos para supervisión del MPD
Cobertura del catálogo Ley 20.393 y 21.595
Categorías preconfiguradas para los principales delitos del catálogo de ambas leyes; la decisión sobre la efectividad del MPD la hacen el encargado de prevención y la asesoría legal.
Casos de Uso MPD
Empleado detecta posible soborno a funcionario público
Sospecha de apropiación indebida de cotizaciones previsionales
Reporte de evasión tributaria sistemática
Denuncia de violación ambiental grave
Preguntas sobre el Modelo de Prevención de Delitos
La Ley 20.393, de 2009, introdujo en Chile la responsabilidad penal de la persona jurídica para un catálogo acotado de delitos: lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho. La Ley 21.595, publicada el 17 de agosto de 2023, no la deroga: la modifica en profundidad desde el 1 de septiembre de 2024. Amplía el catálogo a los delitos económicos de sus artículos 1 a 4, redefine el modelo de prevención y agrega la supervisión de la persona jurídica a penas que ya existían, como la disolución (hoy extinción) y la prohibición de contratar con el Estado.
Sí. Adoptar un modelo es voluntario, pero solo un modelo adecuado y efectivamente implementado permite eximir a la persona jurídica de responsabilidad penal. Según el artículo 4 de la Ley 20.393, el modelo debe considerar, en la medida exigible a su giro, tamaño, complejidad y recursos: (1) la identificación de las actividades con riesgo de delito; (2) protocolos y procedimientos que incluyan canales seguros de denuncia y sanciones internas; (3) uno o más responsables con independencia, facultades y recursos; y (4) evaluaciones periódicas por terceros independientes.
Según el artículo 2 de la Ley 20.393, responden penalmente las personas jurídicas de derecho privado, las empresas públicas creadas por ley, las empresas, sociedades y universidades del Estado, los partidos políticos y las personas jurídicas religiosas de derecho público, sin distinción de tamaño. La Ley 21.595 amplió el catálogo a conductas frecuentes en la operación de una empresa: tributarias, ambientales, de libre competencia, de mercado de valores e informáticas, entre otras.
La Ley 21.595 ordena los delitos económicos en cuatro categorías (artículos 1 a 4): (i) delitos que siempre se consideran económicos, como los de mercado de valores y libre competencia; (ii) delitos que lo son cuando se cometen en ejercicio de un cargo en una empresa o en su beneficio, como los tributarios, aduaneros e informáticos; (iii) delitos funcionarios, como la malversación, el fraude al fisco o el cohecho, en que interviene alguien que ocupa un cargo en una empresa o que se cometen en su beneficio; y (iv) la receptación y el lavado o blanqueo de activos vinculados a los anteriores. La Ley 20.393 hace responsable a la persona jurídica por los delitos de esos cuatro artículos, sean o no económicos.
Según el artículo 3 de la Ley 20.393, la persona jurídica responde por los delitos del catálogo cometidos en el marco de su actividad por, o con la intervención de, una persona que ocupa un cargo, función o posición en ella, o que le presta servicios gestionando sus asuntos ante terceros, siempre que la falta de implementación efectiva de un modelo adecuado de prevención haya favorecido o facilitado el delito. No responde si el hecho se cometió exclusivamente en su contra.
Janus aporta los canales seguros de denuncia que el artículo 4 de la Ley 20.393 exige al modelo que la empresa decide adoptar: casos con código único, plazos, intercambio confidencial con quien denuncia, expediente PDF con sello de integridad y reportes para la dirección. El resto del modelo (identificación de riesgos, designación y recursos del encargado de prevención, protocolos, sanciones internas y evaluaciones periódicas por terceros independientes) se aborda con su asesoría legal, por ejemplo con Anguita Osorio Abogados.
Complete su MPD con canales seguros de denuncia (artículo 4, Ley 20.393)
Configure el canal de denuncias de su Modelo de Prevención de Delitos; con Janus Basic queda activo el mismo día
